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¿Qué obligaciones genera un coche parado?
General 25 abril 2016

¿Qué obligaciones genera un coche parado?

Existen diversas situaciones que nos pueden llevar a dejar nuestro vehículo parado por un largo período: averías que no podemos afrontar rápidamente, marcha temporal al extranjero, reducir el gasto de combustible…

Sin embargo, un vehículo parado y en situación de alta sigue generando una serie de obligaciones que debemos conocer.

¿Debemos pasar la ITV al vehículo parado?

Todo vehículo que figure de alta en el Registro de Vehículos de la Jefatura Central de Tráfico está obligado a pasar la ITV, cumpliendo los plazos indicados en la ficha técnica.

Aunque el vehículo esté guardado en un garaje o espacio privado, reduciéndose las posibilidades de que un agente pueda toparse con él, el hecho de no tener la ITV podría generarnos problemas, por ejemplo, si se produce un incidente con otro vehículo, derivando en la necesidad de dar parte.

Cabe recordar que el hecho de circular sin haber pasado la ITV está tipificado como falta grave y puede dar lugar a una multa de 200 euros. Por otra parte, si el vehículo sobre el cual no hemos pasado la ITV está parado la multa a la que nos arriesgamos sería leve y ascendería a 100 euros.

En definitiva, que circulemos o no con el vehículo, debemos de pasar la ITV de manera inexorable.

¿Qué ocurre con el Impuesto de Circulación?

Debemos de continuar pagando el Impuesto de Circulación anualmente mientras el vehículo se encuentre en situación de alta.

¿Es obligatorio tener suscrita una póliza de seguro?

Todo vehículo de alta, circule o no, está obligado a suscribir un contrato de seguro que cubra, al menos, la Responsabilidad Civil. Así se establece en el Real Decreto Legislativo 8/2004.

El hecho de no contar con el seguro obligatorio puede acarrear una multa que oscilaría entre los 601 y los 3.005 euros, dependiendo de las circunstancias que rodeen al vehículo en el momento en el que se nos imponga la multa: circulando o no, tiempo que lleva sin seguro, categoría y servicio del vehículo…

Además, hay que tener en cuenta que un vehículo parado puede verse envuelto en incidentes que pueden obligarnos a responder ante terceros, por ejemplo, un incendio. También es necesario considerar que para que un vehículo pueda permanecer parado en la vía pública debe de estar asegurado.

Baja temporal del vehículo y suspensión de obligaciones

Si vamos a tener el vehículo parado por un largo período de tiempo una opción que debemos considerar es tramitar la baja temporal del vehículo en la Jefatura de Tráfico.

Para dar de baja el vehículo el coche debe de tener la ITV pasada (lo que obliga a que también esté asegurado). Entre los trámites para gestionar la baja temporal se encuentra la entrega del permiso de circulación, así como de la tarjeta de la ITV y el abono de una tasa de algo más de 8 euros.

Mientras el vehículo se encuentre en situación de baja temporal cesarán las obligaciones de pagar el impuesto de circulación, pasar la ITV o tener el vehículo asegurado.

Cuando deseemos volver a utilizar el vehículo, el vehículo deberá pasar la revisión oficial y será necesario tramitar el alta. Además, se activarán de nuevo las obligaciones asociadas al vehículo de alta. Si decidimos “jubilar” permanentemente el vehículo, podemos tramitar su baja definitiva.

Otras consideraciones

En el caso de un vehículo parado, independientemente de que se trate de abandono o no, el vehículo podría ser declarado residuo sólido urbano si se demuestra (ya sea de oficio por la administración o, por ejemplo, por la comunidad de vecinos si el coche se encontrara en un garaje privado) que por su estado pudiera suponer un peligro para el resto de usuarios de la vía.

Otro punto importante es que la falta de uso del vehículo puede derivar en averías, ya que los elementos van sufriendo desgaste y la falta de circulación y mantenimiento afectan negativamente a su estado.

Imagen: Pixabay

 

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