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A la hora de circular debemos de tener en cuenta que es necesario llevar una serie de documentos en nuestro vehículo para evitar así ser sancionados. En este artículo repasamos toda la que debemos llevar, tanto la obligatoria como la recomendable.
Existen varios documentos que están ligados a la posesión y utilización del vehículo y que debemos tener a mano en cada desplazamiento, algunos obligatorios y otros recomendables. Conocerlos nos evitará posibles problemas e incidencias ante un control de Tráfico o en caso de accidente. El incumplimiento de circular con la documentación obligatoria en regla nos puede costar una sanción.
Documentación obligatoria
Permiso de conducir
Siempre ha de estar en vigor y con puntos. En él se indican también los tipos de vehículos que podemos conducir.
También se acepta una copia compulsada (excepto para viajar fuera de España), lo que es especialmente útil cuando circulamos con diferentes vehículos.
En algunos países de la Unión Europea, nos pueden exigir un permiso de conducir internacional.
Multas:
- Si no se lleva el permiso de conducir: 10€
- Por tener los datos desactualizados (por ejemplo, la dirección): 80€
- Conducir con el permiso de conducir caducado: 200€
- Circular con el permiso retirado o sin haber tenido nunca el permiso: 500€ y pérdida de 4 puntos.
Permiso de circulación
Este documento o, en su defecto, una autorización provisional, permite que el vehículo pueda circular por las vías públicas. El permiso de circulación contiene los datos del titular del vehículo y acredita la matriculación del mismo, además del pago de los impuestos de circulación correspondientes.
Además, podemos encontrar datos que indican la información técnica del modelo, fecha de la primera matriculación, número de bastidor y, desde el 2015, información sobre la vigencia de la ITV y kilometraje.
Al igual que con el permiso de conducir también podemos utilizar una fotocopia compulsada (excepto para viajar fuera de España).
Este documento debe de estar debidamente actualizado, comunicando a la Jefatura de Tráfico las modificaciones que se produzcan referentes a los datos del titular o a la transmisión del vehículo (ya sea donación o venta).
Multas:
- Por no llevar el permiso de circulación: 10€
- Circular sin que el vehículo haya obtenido el permiso de circulación: 500€
Tarjeta y pegatina de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV)
Esta siempre debe de estar en vigor. Esta tarjeta acredita que el vehículo ha superado satisfactoriamente la ITV, cumpliendo con las condiciones técnicas necesarias para circular con seguridad. La tarjeta de la ITV muestra, además de la información técnica del vehículo, las inspecciones obligatorias que deberá pasar el mismo.
Por otra parte, también es obligatorio llevar de manera visible, en la parte superior derecha de la luna delantera, la pegatina que acredita la superación de la ITV.
Siempre que circulemos dentro de España, será válido llevar una fotocopia compulsada de la tarjeta.
Multas:
- Por no llevar la tarjeta y pegatina: 10€
- Tener la tarjeta caducada o circular sin haber superado la ITV: 200€
Documentación recomendable
Impuesto Municipal de Circulación o Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
Aunque no es obligatorio, es recomendable viajar con el recibo que acredite el pago del Impuesto Municipal de Circulación, el cual se abona anualmente.
Mientras el vehículo se encuentre en situación de alta, deberemos pagar obligatoriamente el Impuesto Municipal de Circulación.
Recibo de pago de la póliza del Seguro Obligatorio
Hoy día no es obligatorio llevar en el vehículo este documento, ya que los agentes tienen la posibilidad de verificar si el vehículo dispone de Seguro Obligatorio mediante el sistema informático ‘Fichero Informativo de Vehículos Asegurados’ (FIVA). Aun así, es recomendable llevarlo por si fallara este sistema, ya que el agente de Tráfico podría solicitarnos el recibo.
Multas:
En este caso, lo que puede dar lugar a una multa es el hecho de no estar asegurado.
- No contar con el seguro obligatorio: inmovilización del vehículo y multa de 601 a 3.005€.
- Además, en caso de sufrir un accidente y no contar con el seguro obligatorio, el conductor deberá cargar con los daños causados a terceras personas.
Parte Europeo de Accidentes
Actualmente no es obligatorio llevar en el vehículo este documento, pero se recomienda contar con un ejemplar, así como con bolígrafos para cubrirlo.